La agricultura europea entró en una nueva etapa desde la entrada en vigor del Reglamento (UE) 2019/1009 en julio de 2022, el cual sustituyó al antiguo reglamento CE 2003/2003. Este cambio normativo supuso una transformación significativa en el marco regulador de los productos fertilizantes, especialmente en lo que respecta a los bioestimulantes.
¿Qué cambió?
Bajo el antiguo reglamento, solo se podían comercializar fertilizantes inorgánicos. Sin embargo, el nuevo reglamento abrió la puerta a una amplia gama de productos. Entre ellos los fertilizantes orgánicos, bioestimulantes, sustratos de cultivo y enmiendas de suelo.
Uno de los avances más relevantes es que, por primera vez, se define legalmente qué es un bioestimulante y cuáles son sus funciones.
La definición es la siguiente: “bioestimulante de plantas: producto que estimula los procesos de nutrición de las plantas independientemente del contenido de nutrientes del producto, con el único objetivo de mejorar una o varias de las siguientes características de la planta o su rizosfera:
a) eficiencia en el uso de nutrientes;
b) tolerancia al estrés abiótico;
c) características de calidad;
d) disponibilidad de nutrientes inmovilizados en el suelo o la rizosfera.”
Ensayos de eficacia
Para poder registrar un bioestimulante bajo esta legislación, es obligatorio demostrar su eficacia mediante ensayos de campo. Estos ensayos deben realizarse sobre grupos de cultivos representativos, categorizados por la Comisión Europea en tres grandes grupos.
- Cultivos extensivos («Broadacre»): Incluyen cultivos anuales o plurianuales sembrados en grandes superficies, cosechados con maquinaria. Ejemplos: lentejas, avena, patata, soja, sésamo, arroz, algodón, etc.
- Leñosos perennes («Woody perennials»): Cultivos que no se renuevan anualmente y cuyos tallos se endurecen con corteza. Incluyen almendros, manzanos, olivos, viñedos, aguacates, mangos, etc.
- Hortícolas, ornamentales y plantas aromáticas/medicinales (AMP): Comprenden tanto cultivos anuales como perennes no incluidos en las otras categorías: tomate, lechuga, zanahorias, espinacas, romero, etc.
Los ensayos deben demostrar que el bioestimulante mejora una o más de las funciones declaradas. Es un paso fundamental para garantizar que el producto cumple con lo indicado en su etiquetado.
¿Cuántos ensayos son necesarios?
El número mínimo de ensayos exigidos depende del alcance que se le quiera otorgar al producto.
- Si se reclama el efecto en un solo cultivo especifico se deben realizar 3 ensayos sobre ese cultivo.
- Si se quiere reclamar el efecto en todo un grupo de cultivos (por ejemplo, todos los leñosos), se deben realizar 6 ensayos. Estos 6 ensayos se deben realizar en al menos 2 cultivos distintos del grupo.
- Si se quiere reclamar el efecto en 2 grupos completos se deben realizar 8 ensayos, 4 por grupo, con al menos 2 cultivos distintos por grupo.
- Si se reclama el efecto para todos los grupos se deben realizar 9 ensayos, distribuidos de manera que sean 3 ensayos por grupo en mínimo 2 cultivos distintos por grupo.

Esta estructura asegura una evaluación representativa y sólida.
En Sun Chemicals Services, acompañamos a las empresas que quieren lanzar bioestimulantes al mercado europeo. Desde el diseño de ensayos de eficacia, pasando por la interpretación de resultados, hasta la preparación de los dossiers regulatorios. Ofrecemos asesoramiento integral para facilitar el cumplimiento del Reglamento 2019/1009.
Mayo 2025
Sun Chemicals Services Team
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