Nos convertimos en tu partner

Nos convertimos en tu partner para asesorarte estratégicamente y ayudarte en el proceso de registro de tus productos.

Tanto nuestro equipo como nuestros colaboradores en otros países estudiamos y preparamos la documentación y requisitos de registro según cada caso. Monitorizamos los estudios y pruebas solicitadas y buscamos las vías más eficientes en tiempo y coste para agilizar el proceso de entrada de tus productos en el nuevo mercado.

Servicios

Consultoría estratégica

Nos convertimos en tu socio en el punto deseado de tu proyecto de internalización, incluso antes del proceso de venta, para ofrecerte la mejor estrategia y ayudarte en el proceso de registro de tus productos.

Analizamos las alternativas para cada producto ofreciendo la estrategia óptima para llegar al mercado lo antes posible.

Regulación de Fertilizantes y Bioestimulantes (EU) 2019/1009

Ofrecemos orientación para comprender y cumplir el reglamento europeo de fertilizantes UE 2019/1009.

Nos encargamos de realizar todos los trámites necesarios hasta la obtención del marcado CE.

Registros Nacionales

Verificamos el cumplimiento y proporcionamos asesoramiento en el proceso de registro de acuerdo con la legislación nacional vigente en los países europeos. Orientamos y damos servicio en casi todos los países de la UE.

Reconocimiento Mutuo

El principio de reconocimiento mutuo se basa en la libre circulación de mercancías dentro de la UE evitando la doble valoración de un mismo producto.

Te apoyamos en los trámites para la comercialización de tus productos en casi todos los países de la UE mediante el proceso de reconocimiento mutuo de acuerdo con el reglamento UE 2019/515.

REACH Y CLP

Para cumplir el Reglamento (CE) 1907/2006, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y mezclas químicas (REACH), las empresas deben identificar y gestionar los riesgos asociados a las sustancias que fabrican y comercializan en la UE. Así mismo, de acuerdo con el Reglamento (UE) 2020/878, se establecen los requisitos para las fichas de datos de seguridad de productos químicos en la Unión Europea.

El Reglamento (CE) 1272/2008, reglamento CLP, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas exige a los fabricantes, los importadores y los usuarios intermedios de sustancias y mezclas que clasifiquen etiqueten y envasen sus sustancias químicas peligrosas antes de su comercialización.

En el anexo VIII del Reglamento CLP, se describe los requisitos de armonización de las notificaciones de los centros de información toxicológica (PCN). La información contenida en las notificaciones será utilizada por los centros toxicológicos con fines de respuesta sanitaria de emergencia si se producen incidentes relacionados con estas mezclas.

Desde Sun Chemicals apoyamos en el registro, evaluación y autorización de una sustancia y en la elaboración de las Fichas de Datos de Seguridad (SDS) de productos, así como en la notificación de sustancias y mezclas peligrosas, a través del Portal ECHA con la creación vinculada del código UFI.

KKDIK

El KKDIK de Turquía (Kimyasalların Kaydı, Degerlendirmesi, izni ve Kısıtlanması Hakkında Yönetmelik), que se traduce como «Reglamento sobre el registro, evaluación, autorización y restricción de productos químicos», es una importante legislación que alinea a Turquía con los estándares internacionales para la gestión de productos químicos. KKDIK, en esencia, es la respuesta de Turquía al reglamento REACH (Registro, Evaluación, Autorización y Restricción de Productos Químicos) de la Unión Europea.