La Comisión Europea avanza hacia una ampliación significativa de la Categoría de Materiales Componentes 10 (CMC 10) del Reglamento (UE) 2019/1009 sobre productos fertilizantes UE.
El proyecto de Reglamento Delegado publicado en abril de 2026 propone permitir la utilización de ocho nuevos grupos de productos derivados de subproductos animales en fertilizantes, bioestimulantes, enmiendas del suelo y otros productos fertilizantes con marcado CE.
La propuesta todavía no ha sido aprovada definitivamente. Sin embargo, su contenido permite anticipar nuevas oportunidades para los fabricantes que utilizan materias primas de origen animal y quieren comercializar sus productos en el mercado europeo conforme al Reglamento (UE) 2019/1009.
¿Qué es el CMC 10?
El Reglamento (UE) 2019/1009 clasifica los materiales que pueden formar parte de un producto fertilizante UE mediante diferentes categorías de materiales componentes o CMC.
El CMC 10 está destinado a los productos incluidos en el ámbito del Reglamento (CE) n.º 1069/2009 sobre subproductos animales no destinados al consumo humano.
Para que uno de estos materiales pueda utilizarse directamente como componente de un producto fertilizante con marcado CE deben cumplirse dos condiciones diferentes:
- El material debe haber alcanzado un punto final en la cadena de fabricación conforme a la normativa sobre subproductos animales.
- El material debe estar expresamente incluido en el CMC 10 del Reglamento (UE) 2019/1009.

El punto final es el momento a partir del cual el producto derivado deja de estar sometido a los controles veterinarios previstos en la normativa EU Animal By-Products legislation para pasar a estar regulado por la legislación correspondiente a su uso final.
Validación del estiércol procesado
El primer material incorporado al CMC 10 fue el estiércol procesado, añadido mediante el Reglamento Delegado (UE) 2024/1682.
El nuevo acto delegado el cual esperamos su aprobación este verano, amplía el CMC 10 con otros ocho grupos de materiales que ya disponen de condiciones para alcanzar un punto final conforme al Reglamento Delegado (UE) 2023/1605.
Los ocho nuevos materiales propuestos
1. Frass procesado
El proyecto propone incluir el frass procesado procedente de insectos de cría.
Su incorporación es especialmente relevante para el desarrollo de fertilizantes orgánicos y productos relacionados con la cría industrial de insectos. No obstante, el frass deberá cumplir las condiciones de tratamiento y de punto final establecidas en el Reglamento Delegado (UE) 2023/1605.
La propuesta introduce, además, requisitos específicos de etiquetado. Cuando el contenido de selenio supere los 10 mg/kg de materia seca, deberá declararse en la etiqueta. También deberá facilitarse información sobre las posibles emisiones de amoniaco y advertirse de que el frass procesado puede provocar reacciones de sensibilización.
2. Glicerina procedente de materiales de categoría 2 y 3
También se propone admitir la glicerina obtenida a partir de materiales de las categorías 2 y 3, siempre que cumpla las condiciones establecidas por la normativa sobre subproductos animales.
Uno de los principales riesgos identificados es la posible presencia de metanol procedente de determinados procesos de producción de biodiésel. Por este motivo, el proyecto establece una concentración máxima de 0,5 % de metanol en masa.
3. Proteína animal procesada
La propuesta incluye la proteína animal procesada procedente de materiales de categoría 2, en las condiciones previstas en el Reglamento Delegado (UE) 2023/1605.
Esta incorporación podría ampliar las posibilidades de utilización de materiales proteicos de origen animal como componentes de productos fertilizantes UE. No obstante, el fabricante deberá demostrar documentalmente que el material ha seguido el tratamiento exigido y ha alcanzado el punto final correspondiente.
4. Harina de carne y huesos
La harina de carne y huesos de categoría 2 constituye otra de las incorporaciones previstas.
Este tipo de material puede aportar nutrientes de interés agronómico, especialmente nitrógeno y fósforo. Su futura inclusión en el CMC 10 permitiría incorporarlo directamente a determinadas formulaciones con marcado CE, siempre que se respeten las condiciones de origen, transformación, seguridad y trazabilidad aplicables.
5. Productos sanguíneos de categoría 3
El proyecto también incluye los productos sanguíneos procedentes de materiales de categoría 3.
Para poder utilizarse en productos fertilizantes UE, estos materiales deberán cumplir las condiciones de transformación establecidas por la normativa EU Animal By-Products legislation y alcanzar el punto final antes de su incorporación al producto. La inclusión en el CMC 10 facilitaría su utilización en formulaciones fertilizantes de ámbito europeo, sin depender exclusivamente de las diferentes legislaciones nacionales.
6. Proteínas hidrolizadas
Una de las incorporaciones con mayor interés para el sector de los bioestimulantes es la de las proteínas hidrolizadas.
La propuesta no se limita a las proteínas hidrolizadas obtenidas de residuos de las industrias del cuero o del textil. Incluye las proteínas hidrolizadas que cumplan las condiciones establecidas en el Reglamento Delegado (UE) 2023/1605, mencionando expresamente aquellas procedentes de residuos de dichas industrias. Por tanto, esta categoría puede incluir proteínas hidrolizadas obtenidas de diferentes subproductos animales, incluidos determinados subproductos avícolas, así como las derivadas de residuos del cuero o del sector textil.
Debido a que las proteínas hidrolizadas procedentes del cuero y de determinados subproductos avícolas pueden contener cromo, la propuesta establece que cualquier producto fertilizante UE que contenga proteínas hidrolizadas como material componente no podrá superar los 400 mg/kg de materia seca de cromo total.
Este límite se aplica al producto fertilizante UE final y no únicamente a las proteínas hidrolizadas procedentes del cuero o del textil. Por ello, deberá evaluarse el contenido de cromo teniendo en cuenta el origen de la materia prima y el proceso de fabricación, especialmente cuando se utilicen residuos de cuero tratados con compuestos de cromo.
7. Fosfato dicálcico y fosfato tricálcico
El fosfato dicálcico y el fosfato tricálcico de origen animal también figuran entre los materiales propuestos.
Su incorporación permitiría valorizar fuentes de fósforo y calcio derivadas de subproductos animales, siempre que hayan sido producidas conforme a los procesos autorizados y hayan alcanzado el punto final aplicable.
No cualquier fosfato dicálcico o tricálcico quedará automáticamente cubierto. Será necesario verificar su origen, el proceso de fabricación seguido y su correspondencia exacta con las condiciones del Reglamento Delegado (UE) 2023/1605.
8. Cuernos, productos derivados de cuernos, pezuñas y productos derivados de pezuñas
Finalmente, la propuesta incluye los cuernos, los productos derivados de cuernos, las pezuñas y los productos derivados de pezuñas.
Estos materiales pueden presentar interés como fuentes orgánicas de nutrientes y permitir una mayor valorización de corrientes de origen animal. Como en los casos anteriores, su admisión dependerá del cumplimiento de los tratamientos y condiciones de punto final establecidos por la normativa EU Animal By-Products legislation.
Requisitos generales aplicables a los materiales del CMC 10
La futura inclusión de estos materiales no supondrá una autorización sin condiciones.
El proyecto establece que el tratamiento necesario para alcanzar el punto final deberá haberse realizado como máximo 36 meses antes de la firma de la declaración UE de conformidad del producto fertilizante.
También se permitirán determinados procesos posteriores, entre ellos:
- Separación mecánica de las fracciones sólida y líquida.
- Tratamientos biológicos de nitrificación y desnitrificación.
- Recuperación de nutrientes o carbono orgánico.
- Modificación del pH.
- Secado, concentración, pelletización, granulación u otros cambios de forma física.
- Algunos procesos físicos incluidos en el CMC 2.

Los aditivos utilizados durante estos procesos deberán cumplir los requisitos correspondientes del CMC 1 y no podrán superar el 5 % del peso total del material de entrada en cada proceso. Los materiales deberán almacenarse protegidos de las precipitaciones y de la luz solar directa.
Los procesos termoquímicos a altas temperaturas o presiones, como la pirólisis, la gasificación, la combustión, la carbonización hidrotermal o la licuefacción, no quedan cubiertos por estas disposiciones, ya que se regulan mediante otras categorías de materiales componentes.
¿Qué significa esta propuesta para los fabricantes?
La ampliación del CMC 10 podría abrir una vía armonizada para comercializar en toda la Unión Europea productos fertilizantes que actualmente dependen de autorizaciones nacionales o que no pueden acceder al marcado CE por la naturaleza de sus materias primas.
Sin embargo, la inclusión de una materia prima en el CMC 10 será solamente una parte de la evaluación. El fabricante deberá comprobar también:
- La correspondencia exacta del material con la definición legal.
- La categoría EU Animal By-Products legislation de origen.
- El proceso de transformación aplicado.
- La acreditación del punto final.
- Los límites de contaminantes aplicables.
- La Product Function Category o PFC del producto terminado.
- Los requisitos de etiquetado.
- La documentación técnica y el procedimiento de evaluación de la conformidad.
Además, mientras el Reglamento Delegado no sea adoptado, publicado y entre en vigor, estos ocho materiales no deben considerarse todavía autorizados como componentes CMC 10 de un producto fertilizante UE.
Una oportunidad regulatoria que requiere preparación
La propuesta representa un avance relevante para la economía circular y para la valorización segura de subproductos animales en el sector de los fertilizantes y bioestimulantes.
En Sun Chemicals Services ayudamos a fabricantes e importadores a evaluar la viabilidad regulatoria de sus materias primas, interpretar los requisitos del Reglamento (UE) 2019/1009 y preparar la documentación necesaria para la comercialización de fertilizantes y bioestimulantes en la Unión Europea.
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Julio 2026
Sun Chemicals Services Team
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